La historia de la seguridad social en Colombia parece
remontarse a épocas cercanas a la independencia.
Se inicia con los Montepíos militares, que era una
organización castrense del gobierno español Implantada en América y que en
Colombia permaneció vigente hasta el año 1827 en que fueron suprimidas las
contribuciones de los militares para su funcionamiento, años más tarde mediante
una ley 9 de 1843 se restableció a pedido de muchos militares dado el desamparo
de las familias de quienes fallecieron en la guerra de la independencia y en
las posteriores campañas libertadoras.
Tal ley establece un fondo con los descuentos de los sueldos
y pensiones de los generales, jefes y oficiales del ejército permanente y de la
marina, los bienes de cualquier individuo del ejército o la marina que
falleciere sin dejar herederos, con las donaciones voluntarias, capitales
impuestos a censo y fundaciones piadosas que se hagan en favor del montepío.
Establece también asignaciones económicas a favor de las viudas de los
militares fallecidos en servicio.
La ley del 30 de abril de 1855 suprime la institución del
Montepío Militar, la ley del 7 de diciembre de 1890 crea nuevamente el Montepío
Militar. Sus bases son las mismas de las leyes anteriores, con cierta
modificación en cuanto se refiere a sus fondos, asignaciones y pensiones para
viudas y huérfanos de militares fallecidos en servicio activo con una escala
diferencial con relación a los grados militares.
La ley 153 de 1896 (5 de diciembre) da una nueva
reglamentación en lo relativo a los fondos, aumento de asignaciones o pensiones, además define la naturaleza del Montepío
como una institución de carácter público nacional cuyo representante legal es el presidente
de la junta directiva. Esto demuestra desde aquellas épocas la preocupación de los
gobernantes por establecer un régimen de protección a favor de las viudas y
huérfanos de los militares fallecidos en servicio activo y que por no reunir
los requisitos de las leyes especiales no tenían derecho a recibir otros
beneficios.
El gobierno quiso unificar el sistema de protección integral
de los militares y sus familias en una sola institución. Para ello contrató una misión suiza que después de largos y
pormenorizados estudios, estructuró las bases de la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas
Militares, creada mediante el artículo 8º de la ley 75 de 1925, ésta caja debe conceder sueldos
de retiro a los militares que llenen los requisitos básicos establecidos en la misma ley.
Paralela a estas se crean otras Cajas tanto de la Policía Nacional como de la
Asociación Colombiana de Aviadores Civiles.
De esto podemos observar que siempre el Estado ha tenido un
deseo permanente de dar protección a un núcleo especial de servidores públicos
Seguridad social
civil oficial
- Ley 29 de 1905 establece un régimen de pensiones para los
magistrados de la Corte Suprema de Justicia
- La ley 29 de 1912 consagra pensiones a favor de las viudas
de los ciudadanos que hayan desempeñado la Presidencia de la República y en su defecto a las hijas
solteras.
- Ley 80 de 1916 sobre pensiones y recompensas establece
límites máximos a tales beneficios y la intrasmisibilidad y acumulación de las pensiones.
- Ley 40 de 1922 establece pensiones a favor de los militares,
clases o individuos de tropa que comprueben haber contraído la enfermedad de lepra durante su servicio en el
ejército, la cual se hace extensiva a los médicos y empleado sanos que en los lazaretos
se contagien de lepra.
- La ley 86 de 1923 consagra que todo empleado público
nacional tendrá derecho a la mitad del sueldo que devengue mensualmente, hasta por seis meses, cuando por
consecuencia de enfermedad contraída en el servicio o agravada por causa de éste, se halle
imposibilitado para prestarlo.
- La ley 102 de 1927, en el parágrafo del artículo 6º consagra
pensiones a favor de las viudas de los magistrados de la Corte Suprema y de los tribunales superiores que
hubieren servido por más de veinte (20) años en el ramo judicial
Antecedentes del
actual sistema previsional
El gobierno desea
poner orden a la legislación existente, y teniendo en cuenta el auge de los
seguros sociales en diferentes países de Europa y América, se presenta al
parlamento un proyecto de ley sobre seguros de trabajo, mediante la cual
se autoriza al gobierno para fundar una caja de Seguro de Trabajo. Este proyecto parece cubrir únicamente a los
trabajadores particulares Esta caja debía cubrir los riesgos de invalidez,
vejez, enfermedad y muerte, y también los cuidados de la maternidad de la
obrera y de la mujer del obrero.
En el año 1923 se presenta un nuevo proyecto para la
creación de la Caja de Indemnizaciones Obreras con el fin de garantizar y hacer
efectivo, en forma práctica para el patrón y el obrero, el servicio de indemnizaciones
por accidentes de trabajo y seguro colectivo.
En el año de 1931 se presenta un proyecto de ley, mediante
la cual se crea bajo la dependencia del ministerio de Industrias el Fondo de Previsión Social.
En el año de 1933 se presenta un proyecto de ley por la cual
se conceden unas facultades extraordinarias al ejecutivo nacional para la creación de un Instituto de
Previsión Social que se ocupará de establecer el seguro social obligatorio, de cumplir y hacer
cumplir toda la legislación social que exista al tiempo de su fundación sobre seguros sociales,
públicos y privados, seguros colectivos e individuales, accidentes de trabajo, sueldos y
pensiones de retiro, vacaciones remuneradas, inmovilidad, recompensas y auxilios.
En el año 1935 se presentan dos proyectos importantes uno de
los cuales es la creación de la Caja de Ahorro y Previsión Social. En agosto de
1936 se presenta el proyecto de ley sobre reforma a la ley de accidentes de
trabajo y se dictan disposiciones sobre jubilación y bonificación de retiro. En
octubre de 1936 se presenta un proyecto por el cual se crea la Caja de Seguros
Sociales, dependiente del Ministerio de Industrias y para cubrir los riesgos de
enfermedad, invalidez prematura, vejez, maternidad, desempleo o cesantía
voluntaria, muerte y contribuye a soportar los gastos de las familias
numerosas.
Recuperado de :
http://administracinsaludcarepa.blogspot.com.ar/2012/04/historia-de-la-seguridad-social-en.html